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Ubicación
Parque comercial Bahia Mar
11500 El Puerto de Santa María
El artículo 129 de la LMVSI dispone que, ninguna persona o entidad podrá, sin haber obtenido la preceptiva autorización y hallarse inscrita en los correspondientes registros administrativos, desarrollar cualquier servicio de inversión ni prestar aquellos servicios auxiliares que se encuentran reservados a las empresas de servicios de inversión, todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan ser exigibles, incluso de orden penal.